rmbit - La bitácora personal de Ricardo Martín
La bitácora personal de Ricardo Martín
Comentando cosas desde 2004
2 de diciembre de 2009

La ósmosis y la energía de lo público

Estos días se está hablando mucho de sostenibilidad por el asunto de la Ley de Economía Sostenible. Uno de los pilares básicos de la sostenibilidad son las energías renovables. Afortunadamente, poco a poco, España se está convirtiendo en uno de los países punteros en este tipo de energías. Por aquí y por allá comienzan a verse generadores eólicos o huertos solares. Pero a nivel de investigación, la cosa tiene que ir mucho más allá y buscar nuevas formas de generar energía. Una de las más curiosas es la osmótica. El mecanismo es muy sencillo y se basa en este curioso fenómeno físico mediante el cual el agua con menos concentración salina (en este caso) tiende a trasvasarse de manera natural a través de una membrana semipermeable si al otro lado tenemos agua con mayor concentración. Como resultado de la ósmosis, el nivel del agua concentrada subirá de nivel hasta alcanzar unas tuberías que conducen el agua hacia unas turbinas que se accionan por el simple efecto de la corriente. He aquí un vídeo explicativo:

El pasado día 24 de noviembre se inauguró la primera central eléctrica osmótica del mundo. Y fue en Noruega, concretamente en Tofte. La empresa que ha conseguido este logro es Statkraft, la más grande del mundo en energías renovables y que además es propiedad al cien por cien del estado noruego, lo cual dice mucho del poder de lo público, que siempre ha de primar la investigación, la experimentación y el bien común frente a la rentabilidad a corto plazo. Y es con esto con lo que me quiero quedar. Muchos piensan que lo público ya no tiene cabida en la economía de mercado en la que vivimos, pero Statkraft demuestra lo contrario. ¡Menos mal que nos quedan los nórdicos!

1 de diciembre de 2009

Ley «cajón de sastre»

El pasado viernes, el Gobierno presentó el anteproyecto de la ley de Economía Sostenible [PDF]. He estado leyendo con atención la mayor parte del texto. Me ha parecido muy interesante el espíritu de la Ley y, si las medidas que contiene funcionan, será un gran éxito para el Gobierno. De momento son sólo buenas intenciones y en la buena dirección, pero nadie garantiza que puedan cumplirse o que den el resultado deseado. Pero no es exactamente sobre economía sostenible sobre lo que quería hablar…

Al terminar de leer el texto me encuentro con las Disposiciones Finales y en concreto con la Disposición Final Primera, que dice lo siguiente:

Modificación de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual para proteger la propiedad intelectual frente a la piratería en internet.
[…] Dos. Se introduce un nuevo apartado segundo del artículo 8 Ley 34/2002 de Servicios de la Sociedad de la Información, con renumeración correlativa de los actuales 2, 3, 4 y 5
2. Los órganos competentes para la adopción de las medidas a que se refiere el apartado anterior, con el objeto de identificar al responsable del servicio de la sociedad de la información que está realizando la conducta presuntamente vulneradora, podrán requerir a los prestadores de servicios de la sociedad de la información la comunicación de los datos que permitan tal identificación a fin de que pueda comparecer en el procedimiento. Los prestadores estarán obligados a facilitar los datos de que dispongan.

Y yo me pregunto ¿Qué tiene que ver esto con la economía sostenible? ¿A cuento de qué se ha añadido esta disposición al final de la ley? A parte de esto (que ya es bastante llamativo), este párrafo es lo suficientemente ambiguo como para estar sujeto a miles de interpretaciones. ¿Qué es una conducta vulneradora de los derechos de propiedad intelectual? ¿Los órganos competentes de los que habla son administrativos o judiciales? Lo cierto es que en el mundo de internet se ha levantado un enorme revuelo acerca de este pequeño trozo del anteproyecto. De momento, según asegura David Bravo, abogado experto en nuevas tecnologías, esta disposición que modifica la LSSICE sólo afectará a las páginas que ofrecen enlaces a archivos protegidos por la propiedad intelectual. ¿Y por qué no afecta a los particulares que nos descargamos los archivos protegidos?

En un artículo en la web de RTVE se alude a que es por la expresión «prestadores de servicios» entendiendo como tal la definición que se ofrece en la LSSICE y que no puede ser más obvia y ambigua:

Persona física o jurídica que proporciona un servicio de la sociedad de la información.

Pero en ese contexto también puede entenderse como los ISPs (los proveedores de internet) que operan en España. Las confusiones y los conflictos se amplifican debido a la cantidad de normas que tratan los mismos temas, unas de ámbito administrativo, otras penales… de forma que ni siquiera los expertos pueden desenmarañarlas del todo. Prueba de ello es este artículo que lo explica mucho mejor que yo.

En cualquier caso, y a pesar de los titulares alarmantes que han poblado la prensa digital e impresa estos días, nada va a cambiar. En tecnología la ley siempre va por detrás de la realidad, máxime cuando día sí y día también surgen nuevos métodos, nuevo software y nuevas técnicas para burlar cualquier ley, abriendo un nuevo frente «alegal». De nuevo digo: no se pueden poner puertas al campo. El fenómeno de las descargas y de la compartición de archivos seguirá de un modo u otro.

30 de noviembre de 2009

Sobre Animal Collective

Llevo unos días echando un vistazo a las listas sobre lo mejor de año y lo mejor de la década (ya os prometí que os daría la lata con esto de las listas) que han publicado los medios musicales más importantes y prestigiosos del mundo. Me doy cuenta con asombro de que, a pesar de la enorme variedad de propuestas, bandas y discos que se han lanzado en este 2009, prácticamente todos coinciden en los nombres de los triunfadores de esta temporada. Y por encima de todos ellos uno en concreto: Animal Collective y ‘Merriweather Post Pavilion’. ¿Qué tiene este álbum para que guste tanto a la crítica especializada?

En ventas el disco no ha sido un bombazo pero ha funcionado razonablemente bien. Aquí en España, por ejemplo, ha obtenido un más que digno puesto 86 la semana del 12 de enero de 2009 según la lista oficial de PROMUSICAE de esa semana [PDF]. Evidentemente las ventas nunca pueden ser síntoma de la calidad artística de un trabajo, pero es significativo que una banda experimental consiga entrar en las listas de ventas nacionales.

Animal Collective es, como su nombre indica, un colectivo de músicos experimentales con sede en Nueva York y Lisboa. Sus componentes, conocidos por los seudónimos de Panda Bear, Avey Tare, Deakin y Geologist, tienen autonomía total para sacar sus propios trabajos y de vez en cuando se reunen para crear nuevos discos conjuntos o para tocar en directo. En su día comencé a escuchar ‘Merriweather Post Pavilion’, pero lo dejé aparcado en mi carpeta de «discos para escuchar más adelante» y lo he vuelto a recuperar a raíz de las listas de lo mejor de la década de la Rockdelux y del resto de medios.

No voy a decir que no me guste, porque su música me parece novedosa, avanzada, inteligente y da la impresión de estar abriendo una nueva veta dentro del mundo de la música popular donde entran en juego los sonidos étnicos, la electrónica y un ligero aire «brianwilsonesco», pero no lo suficiente como para que la crítica lo considere por sorprendente unanimidad como lo mejor del año. De todos modos reconozco que temas como ‘My girls’ o ‘Lion in a comma’ me han enganchado bastante. Os dejo con el videoclip del primero de ellos y también con el del último sencillo, que corresponde a su tema ‘In the flowers’, que además abre el disco:


29 de noviembre de 2009

’24 Hours Party People’

Hay un tipo de cine que aquí en España sería impensable. ¿Alguien se puede imaginar un largometraje de ficción, pero rodada como un falso documental acerca de, pongamos, Joaquín Luqui o Jesús Ordovás? Suena raro ¿verdad? Bien es cierto que ningún personaje de la historia musical española tiene la trascendencia de Tony Wilson, padre y artífice de la escena musical de Manchester. Probablemente en nuestro querido país ésta sea una película sin interés alguno porque aquí no existe ese culto hacia la historia musical. Una pena.

Michael Winterbottom dirigió en 2001 esta especie de biopic alocado, fresco, irónico e inteligente sobre Wilson, fallecido en 2007. Para que nos hagamos una idea de quién fue (para quien no lo sepa), fundó en 1978 el sello Factory Records, donde grabaron Joy Division, New Order o los Happy Mondays. También llevó a gala haber sido el primero que sacó a los Sex Pistols por la televisión. Fue el 28 de agosto de 1976 en el programa musical ‘So It Goes’ de Granada TV (emisora del norte de Inglaterra con sede en Manchester y hoy desaparecida) que él presentaba. En 1982 fundó el Haçienda, local que sería clave en el desarrollo de la escena musical de Manchester durante la segunda mitad de los ochenta.

En realidad, ’24 Hours Party People’ pivota entre el propio Wilson, el productor Martin Harnett y sus dos bandas Joy Division/New Order y los Happy Mondays, que son presentados en la película como una panda de gamberros incapaces de cumplir un contrato y buscando bronca a la mínima (quizás era lo que realmente eran). Winterbottom consigue que el espectador se empape de la locura de sexo, drogas, pop y acid house y firma una obra coherente y muy sólida que entretendrá a los no iniciados y fascinará a los que consideramos esa etapa de la música popular como una de las más interesantes.

28 de noviembre de 2009

Probando Chrome OS

Acabo de probar una versión preliminar del que será el sistema operativo oficial de Google. Ya he hablado sobre él hace un tiempo, vaticinando que puede convertirse en el primer gran fracaso de la empresa. No porque no funcione bien, sino porque supone un cambio radical en cuanto a sistemas operativos se refiere y también porque todo está orientado hacia sus propios productos. El Chrome OS (o Chromium OS) que he probado ha sido una virtualización bajo Mac con Parallels Desktop y ha sido posible gracias a este pequeño tutorial.

Lógicamente, la primera impresión que se lleva uno es que todo está cogido por alfileres. Chrome OS está todavía muy verde. El interfaz no es nada bonito y supongo que sufrirá modificaciones antes de lanzarse definitivamente. Por ejemplo las tipografías no se renderizan bien y ni siquiera podemos cambiar la resolución de la pantalla, ya que no existe un panel de preferencias como tal. También sorprende que aquí no exista el concepto de escritorio. Nada más entrar en el sistema nos aparece una ventana del navegador (Chrome por supuesto) con Google (también por supuesto) que no podemos minimizar (tampoco hay una barra de tareas ni de aplicaciones). Los programas que tenemos «instalados» (recordemos que todas están basadas en web) nos aparecen en un menú de iconos al pulsar en el logo de la parte superior izquierda. En la zona superior derecha de nuestra pantalla encontramos algunos indicadores, como por ejemplo la fecha, el estado de la red y un pequeño menú desplegable con algunas opciones, pero tampoco muchas. Una de las cosas más interesantes es que el tiempo de carga del sistema operativo es mínimo, casi inmediato, y rápidamente podemos ponernos a trabajar con él.

Estamos ante una versión muy preliminar de Chrome OS. Sin duda es una revolución, y como tal o será un éxito rotundo o un fracaso estrepitoso. Sólo nos queda esperar a su lanzamiento, previsto para la segunda mitad del año que viene.

27 de noviembre de 2009

Nuevo iPod… cinco años después

A iPod muerto, iPod puesto. El otro día, tras varias semanas mostrando síntomas, la batería de mi reproductor mp3 dejó de funcionar. Era imposible que se hubiera agotado porque lo había cargado hacía dos días y la duración suele ser, en los últimos tiempos, de entre cinco días y una semana. Así que el pasado domingo decidí cambiarlo por fin. Han sido cinco años de uso continuo, diario (y no exagero), a razón de una o dos horas al día. Ahora mi viejo iPod 4G de 20 Gb pasará a mi archivo tecnológico…

En cuanto al nuevo, es el último de su estirpe. Me refiero al iPod Classic de 160 Gb, que es el único modelo que hereda el diseño del primer iPod, lanzado en 2001. Mucho ha llovido desde entonces, y no mucho menos desde 2004. A pesar de que no es el modelo que más ha evolucionado, los avances tecnológicos son evidentes. A pesar de su capacidad, el iPod Classic es ligeramente más delgado que el de 20, la pantalla es mucho mejor, más luminosa y con más definición, por supuesto en color, y la batería (espero) tiene mayor duración. Ahora espero poder meter todos mis discos sin limitación alguna de espacio…

Pero como Apple no me paga un duro de comisión, también voy a contar los contras. El primero de ellos es que no trae cargador para corriente. Si queremos cargar el iPod tenemos que hacerlo en el ordenador. Por suerte tengo el del antiguo, que se puede utilizar sin problemas con los nuevos modelos, así que seguiré como hasta ahora. Otra cosa que no me ha gustado y que me ha decepcionado un poco es la capacidad gráfica. La función de visualización de portadas mediante Cover Flow no funciona todo lo bien que me gustaría. Es algo lento y las portadas tardan un poco en cargarse. Igual que en el modo lista. Supongo que cuando me acostumbre me olvidaré de la rapidez de mi viejo iPod. En general, la impresión que me ha dado es que Apple está empezando a descuidar peligrosamente el empaquetado de sus productos. La pequeña cajita donde viene ahora el iPod Classic está muy bien, pero no tiene nada que ver con aquel cubo de colores con siluetas negras… En fin, será el signo de los tiempos.

26 de noviembre de 2009

Voluntad popular frente a Tribunal Constitucional

La prensa catalana en su totalidad (todos, incluidos los menos catalanistas La Vanguardia y El Periódico) y las emisoras de radio con sede en Cataluña, se han adherido a un comunicado que, a modo de editorial, publican los medios escritos y radian los hablados. Bajo el título de «La Dignidad de Catalunya» se reflexiona sobre el hipotético enfrentamiento entre la soberanía (que reside en el pueblo según la Constitución) y los poderes públicos a cuenta de la futura sentencia del Tribunal Constitucional sobre el Estatuto de Cataluña, que lleva más de tres años en esta alta instancia por el recurso de inconstitucionalidad que presentó el Partido Popular en su día.

En su día ya hablé y di mi opinión sobre la perfecta constitucionalidad del texto en sus aspectos básicos. Aún no sabemos en qué sentido se pronunciará ni cuándo, pero si declara inconstitucional los aspectos básicos de la Ley Orgánica las cosas se pueden poner bastante feas. Estaríamos ante un hecho inédito. Si esto ocurriera sería la primera vez que se contraviniera una Ley Orgánica aprobada por el Parlamento de Cataluña, ratificado por amplia mayoría por los ciudadanos (el 73,10% de los votos), aprobado en las Cortes y sancionado por el Jefe del Estado. ¿Qué ocurriría? Nadie lo sabe o nadie quiere ponerse en esa situación. Yo no consigo imaginarme qué es lo que puede pasar a nivel institucional.

He leído el famoso editorial y no me queda más remedio que estar de acuerdo con él en casi todos sus puntos. Sus argumentos me parecen lógicos, nada radicales y bastante conciliadores. Pero hay algo que no comparto. El fallo del Tribunal Constitucional ha de ser respetado, sea cual sea su sentido, e independientemente de si su composición es irregular o no. Aún así, esa posibilidad de que haya «tablas institucionales», un empate irresoluble entre la voluntad popular (ciudadanos y parlamentos) y la sentencia del intérprete supremo de nuestra principal Ley, pondría a prueba las costuras de nuestro Estado.



rmbit está bajo una licencia de Creative Commons.
Plantilla de diseño propio en constante evolución.
Página servida en 0,064 segundos.
Gestionado con WordPress